Corporación LONJA DE PROPIEDAD RAÍZ DE SANTANDER
El Gremio Inmobiliario
COMUNICADO DE PRENSA
No. 001-2023
Aumento en el arrendamiento de inmuebles
en 2023
Si usted es arrendatario de un inmueble tenga en cuenta que en el
presente año el incremento del canon de arrendamiento se realizará
de acuerdo con la legislación vigente, para lo cual es necesario
conocer las siguientes reglas:
➢ El Incremento del canon de inmuebles de vivienda urbana se
realizará con base en lo establecido en la Ley 820 del 10 de
julio de 2003, que en su artículo 20, establece que cada 12
meses de ejecución del contrato bajo un mismo precio, el
arrendador podrá incrementar el canon hasta en una
proporción que no sea superior al ciento por ciento (100%) del
incremento que haya tenido el Índice de Precios al
Consumidor (IPC) en el año calendario inmediatamente
anterior a aquél en que deba efectuarse el reajuste del canon,
siempre y cuando el canon resultante del reajuste no supere
el 1% del valor comercial del inmueble o de la parte de él que
se encuentre arrendada, tal y como lo establece el artículo 18
de la referida ley.
➢ De acuerdo con lo anterior, si el inmueble es urbano y está
destinado a vivienda el canon se ajustará en el momento de la
renovación del contrato y el porcentaje máximo de aumento
será del 13.12% según el índice de precios al consumidor
(IPC) certificado por el DANE para el año 2022.
➢ El nuevo canon no podrá exceder el 1% del valor comercial
del inmueble arrendado o de la parte de él que se dé en
arriendo, a su vez, la estimación del valor comercial para
estos efectos no podrá exceder el equivalente a 2 veces el
avalúo catastral vigente del inmueble.
➢ En el caso de los contratos de arrendamiento de inmuebles
diferentes a los urbanos destinados a vivienda, esto es
locales comerciales, oficinas, bodegas y consultorios, entre
otros, ajustarán sus cánones de acuerdo a lo pactado por las
partes en el respectivo contrato.
➢ Las cuotas de administración de los inmuebles sometidos al
régimen de propiedad horizontal aumentarán de acuerdo con
lo establecido por la Asamblea de Copropietarios, cuyo valor
es el resultado de aplicar al presupuesto aprobado para el año
2023 el coeficiente respectivo de cada uno de los inmuebles
que conforman la copropiedad.
De otra parte, el Gobierno Nacional, mediante Documento CONPES
No. 4111 del 23 de diciembre de 2022, aprobó un aumento del
4.31% en el 2023 para los avalúos catastrales de los predios
urbanos no formados y no actualizados durante la vigencia 2022 y
del 3.0% para los avalúos catastrales de los predios rurales.
Con este reajuste se obtienen los nuevos valores de los inmuebles
catastralmente para el presente año.
Atentamente,
JULIO CESAR ARDILA
Director Ejecutivo
Lonja de Propiedad Raíz de Santander.
Bucaramanga,
5 de enero de 2023